esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud presentada por la ciudadana ODALIS DEL CARMEN D VIASSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 11.909.590, debidamente asistida por la abogado en ejercicio JOSE ANGEL BEJARANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 197.853. SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del de cujus OSCAR JOSE CALDERON ACOSTA, fallecido el día 24 de Noviembre de 2012, quien era venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad V-11.014.927, a la ciudadana ODALIS DEL CARMEN D` VIASSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 11.909.590 y al adolescente y niño (S.....