Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en el articulo 185 del Código Civil, en concordancia con el fallo N° 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano MIGUEL RAFAEL MORAO LOPEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.224.641, debidamente asistido por el ciudadano ALVARO JOSE GIL GARCIA abogado en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 36.457, en relación a su cónyuge la ciudadana VIARNISIS TERESA RODR.....