Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuesta este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana ISABEL ELENA CANDELARIA MORALES BURIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.278.423; y en tal sentido se ordena LA INSERCIÓN en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui correspondiente a la ciudadana ISABEL ELENA CANDELARIA MORALES BURIEL, quien nació el dos (2) de febrero del año 1.971, en la ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, quien es hija de los ciudadanos LUISA ELENA BURIEL BLANCO y ALFONSO ANONIO MORALES SUAREZ.- Así se decide.-
Ejecuto.....