Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR IMPOSICION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS al imputado YONATHAN JOSE LEMUS LEMUS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.776.766, natural de Cumaná, Estado Sucre, donde nació el día 03-06-1985, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de los ciudadanos YONNY JOSE GARCÍA (df) y AMÉRICA DEL CARMEN LEMUS LEMUS (v), residenciado en Calle Sin Ley, Casa N° 53, Avenida Juan de Urpin, Barcelona, Estado Anzoátegui y en Cumaná, Urbanización en las Casas, Calle Las Casas, Casa N° 54, entre Calle Miramar y Calle García, cerca de una Fuente de Soda que se llama "Don Julio", Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS,.....