Corolario de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Juan de Capistrano de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un conjunto de bienes inmuebles constituidos por:
1º): Una (01) parcela de terreno, ubicada en la Urbanización La Playa de la población de Boca de Uchire, Municipio San Juan de Capistrano, (antes Distrito Peñalver) del estado Anzoátegui, con una superficie de Quinientos Metros Cuadrados con Cero Centímetros (500,00 Mts2) de veinte (20M) metros de frente, por veinticinco (25M) metros de fondo, con los siguientes linderos, Norte: Con Parcela N° 8 de la Tercera Avenida; Sur: Con Parcela N° 12 de la Tercera Avenida; Este; Con Parcela N° 9 de la Cuarta Avenida; y Oeste: Con Terce.....