Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolívariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana: MARTIÑA DEL VALLE BARRERO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.284.594, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29-01-75, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio del hogar, hijo de Eduvigen Barero (V) y Martin Antonio González (DF), residenciado en calle 21, Barrio el Viñedo, casa Nª 17, Barcelona, Estado Anzoátegui; por no existir la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases para solicitar el enjuiciamiento. Todo de conformidad con el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Librense Boletas de Notificación a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 06.,
DRA. ALEXA GAMARDO .....