este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de cuerpos presentada por los ciudadanos PEDRO ALEJANDRO FARIAS DIAZ y VIVIANA DEL CARMEN TORREALBA MEDRANO; asistidos por la abogada, María Cecilia de Armas, identificados ut-supra; en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que les unía, contraído por ante el Registrador Civil del Municipio Bolivariano Libertador, Parroquia el Recreo del estado Distrito Capital según consta en Acta de Matrimonio Nº 149, folio Nº 69, acompañada a los autos en copia certificada, cursante al folio tres (3). Así se decide.