En fuerza de las consideraciones precedentes, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por la ciudadana Beatriz Padua Correa contra el Concejo Municipal del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.