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Decisiones del dia 19/09/2008 |
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N° Expediente :
BP01-R-2008-000162
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/09/2008 |
Procedimiento: Inadmisible Por Extemporánea |
Partes: ABOGADO FORTUNATO HERRERA, EN SU CARÁCTER DE DEFENSOR DE CONFIANZA DEL CIUDADANO RAMON AUGUSTO OROCOPEY ZAMBRANO |
Resumen:
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 453 y 437 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA INADMISIBLE por EXTEMPORANEO el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado por el Abogado FORTUNATO HERRERA, en su carácter de defensor de Confianza del ciudadano RAMON AUGUSTO OROCOPEY ZAMBRANO, contra la decisión dictada por el Tribunal de Juicio N° 04 de este mismo Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 02 de mayo de 2.008, mediante la cual declaro improcedente la solicitud del profesional del derecho ciudadano ARMANDO JOSE TORRES, de conformidad con lo establecido en los artículos 447 y 437 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal, declarar indefectiblemente la INADMISIBILIDAD por EXTEMPORANEO del presente recurso
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Juez/Ponente:
Eliana Rodolfo
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Organo:
Corte de Apelaciones
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N° Expediente :
BP02-S-2008-004082
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/09/2008 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: MERLY AYADITH MATA DE BURIEL Y JOSE LUIS BURIEL RODRIGUEZ |
Resumen:
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01 en uso de sus atribuciones legales conferidas en el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en Interés Superior de los niños: JOR LUIS, KEIVER JOSE Y JOSMELY BURIEL MATA, de ocho (08), siete (07) y dos (02) años de edad respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 8 de la citada Ley el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a niños o adolescente para asegurar su desarrollo integral así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías HOMOLOGA, por ser procedente en todas y cada una de sus partes el presente convenio. Se le advierte a las partes de incurrir en los supuestos establecidos en los Artículos 245, EJUSDEM, referente al incumplimiento a un acuerdo conciliatorio será sancionado con multa de dos a seis meses de ingreso, incluyendo prisión de seis meses a dos años de con.....
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Juez/Ponente:
Santa Susana Figuera Cabello
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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