En merito de lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; UNICO: Se declara Con lugar la solicitud de Homologación del acuerdo celebrado entre los ciudadanos ROSI COROMOTO TINEO y JESUS MIGUEL NARVAEZ ALFONZO, ampliamente identificados en autos, y en consecuencia se HOMOLOGA en los términos antes descritos.
El presente convenio entrara en vigencia a partir de la presente decisión y podrá ser modificado cuando hayan variado sustancialmente las condiciones presentes para el momento de su firma, a solicitud de las partes o de los beneficiarios. Asimismo, esta Instancia advierte a las partes intervinientes en el presente caso, que el incumplimiento del acuerdo conciliatorio celebrado, acarreara la sanción dispuesta en el articulo 270 ejusdem, qu.....