Por las razones que anteceden, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara Inadmisible la Solicitud de Calificación de Despido incoada por el ciudadano FREDDY ESTEFANO ARMAS BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.283.750, en contra de la empresa INVERDANZ C.A., atendiendo a los principios establecidos en los artículos 2 y 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y así evitar activar el aparto judicial indebidamente. Así se decide.-