Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua de Barcelona, Mc Gregor Y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, actuando con la Competencia en el sistema de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta por la ciudadana DAYANA CAROLINA SANTANA BELISARIO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° 23.522.901, , en contra el ciudadano WILLIAN RAFAEL GUZMAN TOVAR, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-9.820.063, en beneficio de la niña (se omite su nombre por razones de confidencialidad), de cinco (05) años de edad. En consecuencia: PRIMERO: FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para la niña de autos, la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTO.....