Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzóategui, con funciones de Control N° 02, Administrando Justicia en nombre de la Répública Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide, PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme a los artículos 318 ordinall 4°, ordinal del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JUNIOR JOSE CURBATA venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.765.098, natural de Clarines, Estado Anzoátegui, nacido el 01-01-79, de 24 años de edad, estado civil concubinato, de profesión u oficio obrero, hijo de OSCAR MENDEZ (D) Y CARMEN CURBATA (D), residenciado en BARRIO EL POARAISO, CASA N° 12, CALLE N° 03 CLARINES; por el delito de "ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el articulo 379 del Código Orgánico Procesal Penal; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada.. Regístres.....