Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 1 Sección de Adolescente del Circuito judicial Penal del estado Anzoátegui administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE a los Ciudadanos RAIMER ROJAS CELIS y MARTINA DEL VALLE MOYA VALERIO; y JOSE ANGEL PACHECO y DILIA ROSA VALLENILLA CHACON titulares de la Cédula de Identidad Números V- 13.578.233, 13.318.670, 11.417.023 y 13.316.085, residenciados en Calle José Félix Rivas, N° 38-10, Puerto La Cruz; Calle Altamira, Puerto La Cruz; Calle Unidad, N° 37-A, Puerto La Cruz; Calle Altamira N° 26-B, las Delicias Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, como Fiadores del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y como fiadores del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) ampliamente identificados en autos, en consecuencia deben comparecer al Tribunal a los fines de imponerlos de las obligaciones que han de contraer conforme lo indicado en los artículos 258 del Cód.....