en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, para proveer hace las siguientes observaciones: PRIMERO: En fecha 24 de Marzo del año 2011, a las 10:30 am, se celebro la Audiencia Preliminar en fase de Sustanciación, cursante a los folios 38 y 39. En dicha audiencia la suscrita Juez, "acuerda suspender el presente proceso, hasta conste en autos los resultados de la prueba de AdN, conforme lo dispone el artículo 202 parágrafo segundo, del Código de Procedimiento Civil, Ofíciese lo conducente al Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas, a los fines de se sirva fijar una nueva cita, habida cuentas que la primera cita fue fijada para el 11(03/2011, tal y como lo pide el oficio envido por dicho Instituto en el folio 29. Se le advierte a las partes, que no requerirá notificación alguna, pues se encuentran .....