Este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Declara CULPABLE al ciudadano WILLIAM RAFAEL GUAINA GRATEROL; Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.617.259, natural de Boca de Chávez, Municipio San Juan Capistrano, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29/11/1975, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pescador, hijo de los ciudadanos: Carmen Graterol (v) y Juan Guaina, residenciado en Campo Lindo III, Calle La Laguna, Casa sin numero, Puerto Piritu, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 43 en su tercer aparte y 41 respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencia, en contra de la Adolescente K.DEL C.G.G. (IDENTIDAD OMITIDA).
SEGUNDO: Se.....