Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Primero literal (I), del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer del presente juicio de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoado por el ciudadano: JOSE DOMINGO BUCARITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.060.116, y domiciliado en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el ciudadano JOSE GREGORIO VELASQUEZ, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.767, contra la ciudadana LUZ RAMONA CARPIO, venezolana, mayor de edad, ti.....