"...Corolario este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, declara:
PRIMERO: Repone la causa al estado de nueva fijación de audiencia preliminar, revocando así el auto de fecha 26-01-2017, en el cual se fijó la audiencia en el presente asunto, y ordena la suspensión del presente juicio, hasta tanto culmine el termino probatorio de las tercerías propuestas en el presente asunto, de conformidad con el segundo aparte del artículo 869 del código de procedimiento civil.
SEGUNDO: Se ordena fijar por auto la fecha para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio, una vez culminada la suspensión planteada en la Ley.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes.
CUARTO: no hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. Así se decide..."