PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario remitido, según Oficio Nº 1950-2013-967, de fecha 04-12-2013, emanado del Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en virtud de declarase incompetente en razón de la materia mediante sentencia de fecha 03-12-2013, y ordenó su remisión a este Órgano Jurisdiccional, procediendo este Tribunal Superior a declara su Competencia por la materia y Acepta la competencia del presente Recurso Contencioso Tributario recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 17-12-2013, y que fuera interpuesto por los ciudadanos JOSÉ GETULIO SALAVERRIA LANDER, RAFAEL RAMOS GARCÍA y MAXIMILIANO DI DOMENICO VIOLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 997.275, 1.191.946 y 16.054.390, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.104, 10.205 y 116.038 respectivamente, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de la .....