PRIMERO: Se condena a los imputados TRINIDAD CAROLINA FARFAN, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 16.799.595, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, de profesión u oficio oficios del hogar, domiciliada en barrio bolívar, de la vía de mesones, calle los mangos, casa sin numero, MAGALY LANZA MEDINA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 12.979.729, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, de profesión u oficio del hogar, domiciliada en barrio bolívar mesones, calles los mangos casa sin numero, JOSE RAMON CRESPO DIAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.292.758, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, de profesión u oficio funcionario policial, domiciliado en barrio bolívar mesones, calles los mangos casa sin numero, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO, previstos en el articulo 54 del Decreto de Rango, valor y fuerza de la Ley Contra la Corrupción y AGAVILLAMIENTO, previsto en el articulo 286 del código penal, para el ciudadano J.....