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Decisiones del dia 20/04/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : BH05-L-1999-000001 N° Sentencia : Fecha: 20/04/2005
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
ARGELIA HERRERA MARTIN CONTRA HOTEL PUNTA PALMA
Resumen:
Todo ello asciende a la suma de Bs. 21.440.361,72, como cifra definitiva que debe cancelar la empresa accionada a la demandante y que este Tribunal fija como cantidad final y última a serle pagada a la ciudadana ARGELIA HERRERA MARTÍN por la empresa mercantil HOTEL PUNTA PALMA, C.A., Y ASÍ SE DECLARA. Ahora bien, la representación judicial de la empresa accionada, por diligencia de fecha 5 de abril de 2.005 procedió a consignar por ante este Tribunal. cheque por el monto de Bs. 7.628.760,16, expresando que lo hacía a objeto de dar exacto cumplimiento a la sentencia y al informe de experticia, aun cuando, según manifiesta, la experta omitió considerar, para los efectos de la indexación, el monto consignado mediante cheque en fecha 26.06.2004; por lo que la cantidad que ha sido considerada para la experticia complementaria del fallo de 13.692.980,89, afecta a mi representada en la cantidad de 120.217,95 que decide esta defensa pagar sin justa causa en beneficio de la demandante, so.....
Juez/Ponente:
Antonio Rojas
Organo:
Tribunal Primero de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
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N° Expediente : BH0B-X-2004-000013 N° Sentencia : Fecha: 20/04/2005
Procedimiento:
Honorarios Profesionales
Partes:
GLORIANA AGUILERA CONTRA GRUAS MIGUELON, C.A.
Resumen:
en razón de lo cual este Sentenciador debe ordenar la reposición de la causa, al estado en que la misma se encontraba para la fecha en que la abogada GLORIANA AGUILERA interpuso el referido cobro de honorarios profesionales y como consecuencia de ello se decreta la nulidad de todo lo actuado con posterioridad a la interposición del escrito por cobro de honorarios profesionales, para que a partir de esta actuación se continúe sustanciando el procedimiento conforme a lo establecido en el artículo 226 del Código de Procedimiento Civil; asimismo se ordena el desglose del escrito que encabeza el presente cuaderno separado a los fines que el mismo sea anexado al cuaderno principal, el cual será acompañado de copia certificada de la presente decisión, subsecuentemente se ordena el cierre del presente cuaderno, todo lo cual será llevado a cabo al quedar firme esta decisión Y ASÍ SE DECIDE en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Juez/Ponente:
Antonio Rojas
Organo:
Tribunal Primero de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
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N° Expediente : BP02-L-2005-000214 N° Sentencia : Fecha: 20/04/2005
Procedimiento:
Daños Materiales
Partes:
LUIS RAFAEL BARRANCA LEMUS CONTRA PUERTOS DE ANZOATEGUI, S.A.
Resumen:
este Tribunal carece de competencia y, por ende, no puede pronunciarse acerca de la admisión de la demanda, en razón de lo cual declina su competencia y ordena la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de documentos a los fines de que el presente expediente sea distribuido y sustanciado por cualesquiera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo régimen laboral de esta Circunscripción Judicial que por distribución corresponda, así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en Barcelona a los veinte (20) días del mes de abril de 2.005.
Juez/Ponente:
Antonio Rojas
Organo:
Tribunal Primero de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo
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