Por consiguiente y en base a lo antes mencionado y con fundamento a la decisión dictada por esta Alzada en fecha 20 de Abril de 2.016, se DECLARA LA NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 30 de Marzo de 2.016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y se ORDENA así mismo, se de cumplimiento a lo ordenado en la decisión proferida por esta Alzada en fecha 20 de Abril de 2.016 y así se decide.-
Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.-
Publíquese. Regístrese. Déjese copia de esta decisión