En consecuencia, éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda por Inquisición de Paternidad, presentada por la ciudadana ONEIXY DEL VALLE GRANADOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.205.167, debidamente asistida por la Abogada ANNYS CAROLINA GONZÁLEZ, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.131, en contra de los ciudadanos MERCEDES FIGUERA, ORANGEL RAMÓN GRANADOS TOVAR y GILBERTO CABRERA, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.483.907, 4.578.935 y 5.487.559, respectivamente, y de este domicilio; y así se declara.