Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, probado como ha sido lo alegado, que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación de Acta de Nacimiento, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma sumaria al Prefecto del Municipio Naricual, Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui, estampar la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana JUDIT COROMOTO GONZÁLEZ PÉREZ, identificada supra, inserta en los Libros duplicados de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Prefectura del Municipio Naricual, Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui, hoy Registro Civil del Municipio Naricual, en el año mil novecientos sesenta, Acta N°.227, de fecha seis de diciembre del citado año; de la manera siguiente: donde se asentó el primer nombre.....