Por las razones de Hecho y de Derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.-) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Transitorio de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 29 de Octubre de 2004; 2.-) Se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 29 de Octubre de 2004; 3) SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARIBI YANEZ NUÑEZ, identificada en autos.