Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR, a favor del adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , incoada por los ciudadanos ESTHER MARIA CAMERO y JOSE MARIA GUEVARA CASADO, (Abuelos paternos), y en consecuencia se decreta la Colocación Familiar bajo la modalidad de Familia Extendida del adolescente antes mencionado, a ejecutarse en el hogar de los ciudadanos ESTHER MARIA CAMERO y JOSE MARIA GUEVARA CASADO, (Abuelos paternos), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.902.676 y V-965.193, respectivamente;.....