Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos: REINALDO ALEJANDRO MIJARES CASTILLO y LINDATHAY GINA TOMASSI VICENT, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha trece de diciembre del año dos mil dos, por ante la Dirección Municipal del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio se encuentra inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonio, bajo el Nº 120, folios 200, 201 y 202 llevados por ante ese despacho durante el año 2002, y así se decide.-