Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Al ciudadano JAVIER ERNESTO AGOSTINI PATETE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.013.610, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el día 11-01-75, de 29 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Tecnico Superior en Turismo, hijo de los ciudadanos Yolanda de Agostini (v) y de Carlos Agostini (v), residenciado en Urbanización Santa Eulalia, planta baja PB-2, telefono 2710184 y 0416-6802139, Barcelona Estado Anzoátegui; MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, conforme lo establecido en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y con presentación cada ocho (8) dias por ante este Tribunal. Líbrese oficio a la Unidad N. 21 de Transito Terreste del Estado Anzoátegui, participando la libertad .....