Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Juicio Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: de conformidad con lo previsto en el artículo 73, en relación con el artículo 66 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, la ACUMULACION de la COMPULSA BJ01-P-2011-000068, seguida contra el acusado ANTONIO EFRAIN CORTE CORREA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Empresa PLUNROUSE LATINOAMERICANA, a la causa penal BP01-P-2008-003843, seguida contra el acusado HECTOR JOSE CARIPE, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Empresa PLUNROUSE LATINOAMERICANA, y FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el artículo.....