DECISION:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, interpuesta por interpuesta por BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliado en Caracas, originalmente inscrito ante el Registro de Comercio llevado por el antiguo Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, el día 30 de septiembre de 1952, bajo el Nro. 488, Tomo 2- B, transformado en Banco Universal, según Documento inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y estado Miranda, el día 03 de diciembre de 1996, bajo el Nro. 56, Tomo 337- Apro, y cuyos Estatutos Vigentes están contenidos en un solo texto, conforme a documento debidamente inscrito por ante el.....