En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta circunscripción Judicial AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana BERENICE DEL CARMEN MAITA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.469.386, hacer entrega física del cheque de gerencia Nº 00428153, por la suma de (BS. F. 82.362,35), en contra el BANCO BBVA PROVINCIAL, con la finalidad del cobro efectivo del mismo por la taquilla del BANCO BBVA PROVINCIAL, correspondiente a las prestaciones sociales, del ciudadano FREDDY HUMBERTO JARAMILLO BUCAN, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.469.386, por cuanto sus hijos ciudadanos FREYBER CANDELARIA Y FREDDY HUMBERTO JARAMILLO MAITA, han cumplido la mayoría de edad. 2) Librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C.) adscrita a este Tribunal, quien queda comisionado para la entrega física del respectivo cheque. en consecuencia se ORDENA la devolución de todos y cada uno de los docum.....