Concluida la evacuación y la revisión de las pruebas documentales, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, sede Barcelona , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Se Declara Con Lugar la solicitud presentada por Rectificación de Partida presentada por la ciudadana LUISA DEL VALLE BEJARANO ALCALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.316.326, domiciliada en la Urbanización Parque Residencial La Colina, Etapa 11, Edificio 18, Apartamento 18-D, Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio LUIS TOMAS BEJARANO ALCALA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.230, en beneficio de su hija, la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Ve.....