D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos ALEJANDRO WALTERIO PEREZ-ANZOLA KAEHLER y MARIA TERESA MICALE CACCAMO, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha 13 de enero de 2000, por ante el Juzgado del Municipio Anaco de esta Circunscripción Judicial, cuya Acta de Matrimonio quedó asentada bajo el nro. 01, folios 144 al 147, en el Libro de Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante ese despacho durante el año 2.000.- Así se decide.-
Por cuanto las partes convinieron en la partición amistosa de los bienes muebles objeto .....