DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, en forma sumaria, y en consecuencia, se ordena Rectificar el Acta de Nacimiento de la ciudadana MARIA JOSEFINA HERRERA, en el sentido de que en lo adelante se inscriba " 30 de Abril de 1943" y no como erróneamente se asentó 31 de abril de 1943; debiendo en consecuencia el Funcionario competente proceder a estampar la nota marginal a que hubiere lugar en el Acta N° 99 de los Libros de Registro Civil de Nacimiento, llevados por la Prefectura del Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, en fecha 31 de abril de 1943.