En mérito a lo anteriormente descrito, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda por cobro de indemnización por daño moral, que intentara la ciudadana THAYDEE LILIBETH CHACIN DE MARTINEZ, en su propio nombre y en representación de su hijo, el niño JOSE MANUEL MARTINEZ CHACIN, en contra de la empresa COROD DE VENEZUELA, C.A. En consecuencia se condena a la empresa demandada a pagar la suma de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000,00), por concepto de indemnización por daño moral, así como la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 546.594,80), por concepto de indemnización por muerte de conformidad con la cláusula 41 de la Convención Colectiva Petrolera correspondiente años 1992 ? 1995, sin perjuicio del mont.....