de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil deja sin efecto el precitado auto de fecha 16 de febrero de 2006, y REPONE la causa al estado de ordenar la notificación del Presidente del Instituto Municipal de la Salud y Apoyo Social del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, de la consignación del Informe de experticia presentado por el experto con inclusión de copia certificada de la misma, como consecuencia de lo ordenado en el dispositivo del fallo dictado por este Tribunal en fecha 21 de noviembre de 2005.