PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por el Abogado CARLOS ENRIQUE PAREDES GOMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.380.169, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 54.297, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Contribuyente Sociedad Mercantil CVG COMPAÑÍA NACIONAL DE CAL, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 06-09-1976, bajo el Nº 189, Tomo A-III, con modificaciones de fecha 24-09-2003, bajo el Nº 24, Tomo A-21, recibido por ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental en fecha 17-12-2009, contra la Resolución Nº SATEA Nº 0010, de fecha 20-06-2008, emanada del Servicio de Administración Tributaria del Estado Anzoátegui, en los términos expuestos en la presente Decisión. Y Así se Decide.-