Por las razones que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos ANGILLYS GABRIELA JIMENEZ MEDINA y GILBERTO JESÚS GÓMEZ RODRÍGUEZ, asistidos por el abogado JESÚS REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 183.747, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de carácter vinculante Nº 693, dictada en fecha 02 de junio de 2015, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, disuelve el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil del Municipio Fernando Peñalver del Estado Anzoátegui, el día 12 de agosto del año 2.....