Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la cuestión previa establecida en el Ordinal 8º del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el ciudadano: ANGEL ENRIQUE BRITO MARIÑO, asistido por el Abogado PROFIRIO GUZMAN RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.557, ello en la causa DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por el Abogado JOSE VENTURA ROJAS TRIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.482, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BIANCA JOSEFINA BETANCOURT PACHECO, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº 13.367.807, en contra de ciudadano ANGEL BRITO MARIÑO, titular de la cédula de identidad nº 13.166.413, En consecuencia de conformidad con el último a.....