esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana GABRIELA JOSEFINA ARANA DE URBANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro v-13.166.616, actuando en su propio nombre y en representación del niño ...., asistida por la abogada en ejercicio SUSANA ARANA DE NUÑEZ, inscrita en le Inpreabogado bajo el nro: 19.021, en cual solicita que se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano CARLOS ALFREDO URBANO NUÑEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-10.944.590, fallecido el día 05 de enero de 2014. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano CARLOS ALFREDO URBANO NUÑEZ,.....