este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Incompetente para conocer la Apelación presentada por la abogada Omaireth Aguilera Martínez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 132.147, apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Stephany Services C.A, contra decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual niega la medida preventiva solicitada por la representación de la parte accionante.
Segundo: En virtud de su incompetencia para conocer en razón de la materia, se declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Tercero: Devuélvase mediante itineración en el sistema JURIS2000 a la U.....