Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal función de Juicio N° 4 de esta circunscripción judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: declara PARCIALMENTE CON LUGAR el pedimento formulado por la Defensora Pública 2° Penal, MARISOL AGUILARTE TORRES actuando con tal carácter en representación del acusado HENNYER OSWALDO GUERRA LUCES con cédula de identidad V- 14.632.696 acordándose un règimen de presentaciones cada 30 días, a tenor de lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, notifíquese y ofíciese lo conducente.