Este Juzgado Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado ISMAEL BARRERA GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.374, contra decisión de fecha 07 de mayo de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo ejercida por la ciudadana SOLAINS AREANE ERAZO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-15.181.383, contra las ciudadanas YANITZA JOSEFINA MERCADO, OTILIA JOSEFINA HERNANDEZ MUÑOZ y OTILIA MUÑOZ CALZADILLA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.066.795, V-14.017.335 y V-1.194.414, respectivamente, de conformidad con el artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Queda .....