Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano Oscar Martínez, ya identificado, asistido en este acto por el abogado Rafael Ramírez, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 66.934, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: Se suspenden por inconstitucionales, las medidas innominadas decretadas por el referido Juzgado, en fecha 03 de Mayo de 2016, referidas a las ordenes dirigidas a las empresas Corpoelec Hidrológica del Caribe C.A y Gas Comunal S.A, a los efectos de que cada uno de los mencionados desincorporaran los correspondientes servicios de Luz, Agua y Gas, instalados en el inmueble constituido por una parcela de te.....