En fuerza de las precedentes consideraciones, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por Víctor Romero contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 18 de noviembre de 2004 en el juicio de acción pauliana interpuesto por el apelante contra la Alcaldía del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y la ciudadana Carmen Ofelia Díaz. En consecuencia, SE REVOCA EL FALLO APELADO y se ordena dictar la sentencia que corresponda.
Notifíquese a las partes, por haber sido dictada esta sentencia fuera de plazo.
Devuélvase, en su oportunidad, el expediente al tribunal de origen, para la continuación de la causa.
Regístrese y publíquese.
Dada, .....