Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor de los imputados JAVIER JOSE MICET GUAREGUA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.732.984, donde nació en fecha 14-10-83, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio taxista, hijo de YUREIMA GUAREGUA (V) y SANTIAGO MICET (V), residenciado en la calle Andrés Eloy Blanco, Casa N° 76, Barrio Valle Lindo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y LUIS ARTURO MICET GUAREGUA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 25-07-80, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.718.254, de estado civil soltero, profesión u oficio taxista, hijo de YUREIMA GUAREGUA (V) y SANTIAGO MICET (V), residenciado en la calle Andrés Eloy Blanco, Casa N° 76, Barrio Val.....