PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de Resolución de Contrato de Concesión incoada por la ciudadana María Fatima Silva de Vieira, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.682.256, contra su arrendatario, ciudadano José Gregorio Rodríguez Loaiza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.274.543, en tal sentido, se declara resuelto el contrato de concesión suscrito entre las partes antes identificadas, en fecha 02 de febrero de 2012, y autenticado por ante autenticado por ante la Notaría Tercera de Puerto La Cruz, en fecha trece (13) de agosto de 2.015, el cual quedo anotado bajo el Nº 21, Tomo 145, Folios del 72 al 74, de los libros de autenticación llevados por esa Notaría. Así se decide.
SEGUNDO: Que el Concesionario cancele las mensualidades vencidas equivalente a dos años de mensualidad por concepto de cesión y explotación del prenombrado local, desde febrero del año 2010 hasta febrero del año 2012, según con la cláusula tercera d.....