Por los fundamentos antes expuestos, y en atención a los hechos particulares de la presente causa y al derecho aplicable, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el presente Recurso de Apelación distinguido como BP02-R-2024-000162, ejercido por el ciudadano abogado EUCLIDES ROJAS MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.292.232, inscrito en el IPSA, bajo el Nro. 118.822, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana VICTORIA ESTEFANIA ESCALONA BUCARITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.815.726; en contra de la Sentencia Definitiva, dictada en fecha 21 de junio de 2024 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas .....