Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la petición del Apoderado Judicial de la Víctima DR. JOSE DANIEL CONTRERAS, al cual se adhirió la Fiscal Segunda del Ministerio Público DRA. CARMEN ELOINA BRITO, y SIN LUGAR la solicitud de la Defensa de Confianza DR. AMILCAR AQUINO, acordándose la Prorroga de Seis (06) meses a partir de la presente fecha para el Mantenimiento de la Medida de Coerción Personal, que pesa sobre el acusado RAFAEL ALEXANDER VIELMA MORALES, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 407, en relación con el artículo 80 ultimo aparte del Código Penal y artículo 278 Ejusdem, en perjuicio del ciudadano LUIS ALFREDO CALIENDO para así cumplir con las formalidades del proceso hasta celebrar el Juicio Oral.....