DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Conforme al artículo 105 del Código Penal Venezolano, SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA impuesta al ciudadano MOISÉS MENDOZA GRAGINERA, quien es venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V-11.058.731, natural de La Guaira, Estado Vargas, donde nació en fecha 13 de Junio de 1970, de 38 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Taxista, hijo de los ciudadanos Moisés Echenique y Tamara Graginera, domiciliado en Río Chico, caserío los Cerro, Calle Los Mangos, Casa S/N, Estado Miranda, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto .....